DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad alo establecido 300 ordinal 3, seguida al Ciudadano: ALCIDE TOMAS BRITO PONCE, quien es Venezolano, natural de Carúpano, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.862.381, soltero, nacido en fecha 07/03/1968, de 55 años de edad, albañil, hijo de Pablo Ramos y Carmen Ponce y residenciado en Canchunchu Nuevo, Urbanización Leonela, casa S/N, Cerca de la Plaza de Alí Primera, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión de los delitos de ALCIDE TOMAS BRITO PONCE, quien es Venezolano, natural de Carúpano, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.862.381, soltero, nacido en fecha 07/03/1968, de 56 años de edad, albañil, hijo de Pablo Ramos y Carmen Ponce y residenciado en el: Canchunchu Nuevo, Urbanización Leonela, casa S/N, Cerca de la Plaza de Alí Primera, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas.