este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: SUSTITUIR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE CAUCIÓN ECONÓMICA, POR LA CAUCIÓN JURATORIA, a la ROSANDRA CAROLINA ROSAS GARCÍA, venezolana, natural de Carúpano Municipio Bermúdez del estado Sucre, de 22 años de edad, nacido en fecha 22/09/1994, soltera, ocupación u oficio Ama de Casa, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.286.279, hija de Nohely Rosas y Mangrino Noriega y residenciado en San Martín, Barrio Bolívar, Calle Rivas, casa Nº 24, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el articulo 462 del Código Penal, en perjuicio de MAURELYS ELVIRA MONTAÑO, conforme a lo establecido en el artículo 245 ejusdem. Asimismo, se Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 242 ordinales .....