este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dicta el presente asunto DECLARA a la ciudadana PETRA CELESTINA SUCRE CARDOZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.686.989, domiciliada en la Urbanización la Llanada, Sector 2, Vereda 10, Casa N° 11, Cumaná estado Sucre, quien ejercerá la responsabilidad de crianza así como la representación y administración de los bienes a favor de sus nietos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de .....