este Tribunal Primero de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO en la presente causa seguida al ciudadano CARLOS LUIS BOLIVAR BASTARDO, venezolano, de 27 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.313.855, natural de Mariguitar, nacido en fecha 22-05-1984, de oficio obrero, residenciado en el sector Altamira, casa s/n, cerca del bodegón cañero, Mariguitar, estado Sucre. Por la comisión del delito el delito HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 452, numeral 3 del Código Penal, en perjuicio ANIBAL MANUEL RUIZ ROMAN por el lapso de Cuatro (04) Meses,