este Tribunal Tercero Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, impone al ciudadano JOSE ORTIZ venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 11.384.952, de 30 años de edad, de ocupación constructor, nacido el 30-06-1971 domiciliado en el Sector las parcelas, el tacal I, casa s/n , de esta ciudad, y JOSE LORENZO ORTIZ SUCRE venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 24.754.637, de 18 años de edad, de ocupación estudiante nacido el 13-07-1992 domiciliado en el Sector las parcelas, el tacal I, casa s/n , de esta ciudad, a quien se le iniciara causa por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 03 de la ley sobre hurto y robo de vehiculo automotores,, de la MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en específico la presentación periódica.....