En consecuencia este Juzgado de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, HOMOLOGA el convencimiento entre el ciudadano PEDRO JOSE FAJARDO MANEIRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.855.131, domiciliado en Guaca, calle Guaicaipuro, casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistido por el Defensor Publico, abogado Rafael Izquierdo, contra la ciudadana YBELICE JOSEFINA QUIJADA DE FAJARDO venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.787.520, domiciliada sector de la Clavellina de Guaca calle principal casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. De conformidad con los artículos 315 y 375 de la Ley Organica para la Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes atribuyen a los Tribunales de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes la competencia para homologar los acuerdos celebrados entre las p.....