Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Concede a Teofilo Farias Pérez, venezolano, natural de Yoco, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N 19.124.644, nacido en fecha 22-07-1975, de profesión u oficio albañil, hijo de Jesús Farias y Eulogia Pérez, y domiciliado en la Calle Copetón, Casa S/N, Yoco, Municipio Valdez del Estado Sucre, la gracia de Conmutación de la pena que le falta por cumplir por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Simple, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, mas Un tercio de la misma por CONFINAMIENTO en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por el lapso de Dos,(2), años, Once,(11), meses y Seis,(6), días que vencerán de manera definitiva el día 16 de Marzo del 2021.....