DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor de la ciudadana Yusmary Albertina González Jiménez, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.969.303, nacida en fecha 09-02-1973, de 42 años de edad, de estado civil soltera, de profesión oficio del hogar, y domiciliada en la Comunidad de Los Arroyos, Calle Bolívar, Casa S/N, cerca de la Cooperativa Los Pinos, (Funeraria), Municipio Benítez del Estado Sucre, teléfono 0414.242.44.49, por la comisión por la comisión del delito de Invasión, previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal, en per.....