este Tribunal Segundo de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 105 del Código Penal, RESUELVE: Se declara cumplida la pena y en consecuencia extinta la responsabilidad penal, a los penados DAYSI DEL VALLE GONZÁLEZ BENAVIDES, venezolana, de 27 años de edad, de estado civil soltera, de oficio cajera, titular de la cédula de identidad Nº 14.660.612, residenciado en la Urb. Cristóbal Colón primera etapa, cuarta calle, casa No. 199, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, hija de Arquímedes González y de Yusmelis Benavides, y ADOLFO LUÍS NATERA VALERA, venezolano, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de oficio mecánico, titular de la cédula de identidad Nº 15.936.720, residenciado en la Urb. Cristóbal Colon primera etapa, cuarta calle, casa No. 199, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, hijo de Alonso Natera (F) y de Ana Valera, condenados a cumplir la pena definitiva de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES .....