DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Rolando José Ramírez Marcano, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.789.117, nacido en fecha 11-04-1983, de 31 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, hijo de Dameli Marcano y Orlando Ramírez, y residenciado en el Sector Barrio de Cajigal, Casa S/N, cerca de la pasarela, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de El Estado.....