DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Crispulo Antonio Díaz Mújica, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.076.560, nacido en fecha 27-10-1975, de 39 años edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de María Mújica y Cruz Díaz, y residenciado en la Urbanización Guayacán de Las Flores, Sector 2, Vereda 23, Casa S/N, frente a la Capilla, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, pr.....