este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: La Ciudadana JUANA JOSEFA VELIZ RODRIGUEZ, antes identificada, manifiesta: que el ciudadano SIMÒN ANTONIO MOYA URBANEJA, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-8.895.140, de oficio administrador quien labora en el edificio de PDVSA, al lado del centro comercial san remo II, departamento de contrataciones, es el padre de su hijo, el adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente.....