DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra del imputado: OSCAR NATIVIDAD MILLAN MALAVE, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, soltero, de 25 años de edad, de profesión u oficio agricultor, titular de la cedula de identidad Nº 24.511.440, nacido en fecha 27/04/1991, hijo de Oscar Rafael Millán Moreno y Virginia del carmen Malavé, residenciado en Rió Salado Sector el Coloso, casa S/N, cerca del mercal, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del código penal, en perjuicio del ciudadano ELEAZAR JESUS MILLAN GUERRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 en sus numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2 y 3, 238 todos del Código Orgánico Procesal Penal.