En consecuencia, éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA el cese de la Medida Cautelar, que de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, fuera impuesta a los ciudadanos Félix Ángel Martínez, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.353.123; y Roberto José Machado Silva, titular de la Cédula de Identidad N° V- 2.093.333; consistente en la prohibición de salida del país; todo de conformidad con lo dispuesto en el encabezado del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. En ese sentido se ordena oficiar a la oficina de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería, con sede en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de i.....