ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de Quince (15) días continuos, contados a partir del día Quince (15) de Diciembre del año en curso, el cual vencerá el día Veintinueve (29) de Diciembre del presente año; ello a los efectos de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, seguida a los imputados DARVIS GUILARTE, venezolano, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Agricultor, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.152.654, nacido en fecha 03-03-1.979, hijo de: Lerida del Valle Guilarte, y domiciliado en: Río seco venturini, sector la plaza, casa S/N de barro, cerca del estadio, del Estado Sucre y EDIOMAR DANIEL QUIJADA RODRIGUEZ, venezolano, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio: estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 22.923.301, nacido en fecha 20-10-1.991, hijo de Eladio Quijada y Doris Rodriguez, teléfono: 0294-8893858 y domiciliado .....