JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA, SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
San José de Areocuar, 08 de diciembre del 2.010
200º y 151º

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: JULIO CESAR LAREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 10.880.103, y domiciliado en la Llanada de Guiria, jurisdicción de la Parroquia San José del Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, actuando en su propio nombre y representación, asistido en este acto por el abogado en ejercicio CESAR ANTONIO MATA RIVERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.874, y de este domicilio y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un Vehículo: CLASE: CAMIÓN, TIPO: PLATAFORMA, MARCA: CHEVROLET, AÑO: 1975, MODELO: 30934, COLOR: AZUL, PLACA ACTUAL:077 RAK, SERIAL DEL MOTOR: K0411TXD, SERIAL DE LA CARROCERIA: CCY34EV207490 y USO: CARGA. Y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: Hildebrando Rafael Rondón Maiz y Richard José Mendoza González, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.10.953.887 y 14.174.089 , respectivamente, domiciliados ambos en esta Jurisdicción, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana JULIO CESAR LAREZ, sobre el vehículo en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los ocho días del mes de diciembre de dos mil diez. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,

Abg. Fanny R. Martínez M.

La Secretaria,

T.S.U.Zoraima M. Vargas.

Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

T.S.U.Zoraima M. Vargas.



Sol. N°.131-2010