que este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda EVALUACION PSICOSOCIAL en la persona del residente: VÍCTOR EDUARDO BOADA LUNAR, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.762.376, soltero, nacido en fecha 19-02-1986, de oficio radiólogo, hijo de Víctor Vera y Cruz Maria Lunar, y residenciado en la Calle Principal del Caserío la Chica, Casa S/N, frente a la Iglesia, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, mediante el cual el Tribunal Cuarto de Control, CONDENÓ a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de VIOLACIÓN Y LESIONES PERSONALES GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 374 y 415 del Código Penal, en perjuicio de adolescente, vista la solicitud presentada por la Coordinadora de la Unidad Técnica de Supervisión.....