este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: El Plazo de Cuarenta y Cinco (45) días, al Representante del Ministerio Público, para que presente el Acto Conclusivo que diere lugar en la presente causa; seguida al Imputado Ricardo José Rojas, venezolano, natural de Tunapuy, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.457.259, nacido en fecha 14-03-1964, de 49 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante y agricultor, hijo de José Valdivia y Juana Rojas, y residenciado en Cerro Pica Picar, Casa S/N, cerca de la Iglesia Santa Sofía y la Policía, Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica y Amenaza, previstos y sancionados en los artículos 39 y .....