En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano SABIEL JOSÉ PATIÑO DÍAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.213.128, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 30-06-1985, hijo de Francisco Patiño y Luisa Díaz, soltero, sin oficio, residenciado en Brasil Sur, primera calle casa N° 28, casa de color azul, rodapiés de color marrón, cerca del escalafón, Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318, del Código Orgánico Procesal Penal.