DECLARA CON LUGAR, lo solicitado por la Representante del Ministerio Público, a lo cual no presentó objeción la Defensa Pública; y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del adolescente XXXXXXX; por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal en concordancia con el art. 19 de la Ley Sobre Armas y Explosivos en perjuicio del Estado Venezolano; de conformidad con el artículo 582, literal "C" de la LOPNNA, consistentes en presentarse cada ocho (08) días por ante la Prefectura de la Población de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre. Se otorga la libertad del imputado de autos, desde la sala de audiencias, dejándose constancia que el mismo se retiró en buenas condiciones físicas. Se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, adjunto a oficio, para que continúe la investigación conforme al procedimiento ordinario. La pres.....