Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia Se Autoriza a la ciudadana FRANYELIS MARIVIT SÁNCHEZ GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 28.669.768, domiciliada en: en el sector "Las Colinas", casa s/N Cumanacoa, parroquia Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre . Actuando en su carácter de madre y representante legal de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de diez (10) meses de edad