D E C I S I O N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION planteada por las abogadas YEANNETE CONDE LUZARDO y CARMEN BELEN GUARATA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 3.569.058 y 8.240.181, respectivamente, actuando con el carácter de Juezas Superiores de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conocer la causa N° RK01-X-2006-000113, contentiva de la inhibición planteada por el abogado OSCAR EDUARDO HENRÍQUEZ FIGUEROA, Juez Cuarto de Juicio, Sede Cumaná, relacionada con la causa penal seguida a los ciudadanos ERNESTO ECHEVERRÍA, LUIS MANUEL QUIJADA y JOSÉ LUIS BOSCHETTI, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEF.....