Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 y 331 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Público en el presente asunto seguido a los acusados: ALFREDO JOSE BRITO VILLARROEL, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, Municipio Valdez Estado Sucre, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.557.601 nacido en fecha 20-06-1975, de 35 años de edad, hijo de: Angela Villarroel y Juan Brito; y domiciliado en: Rió de Guiria, vía quebrada de agua, casa S/N es un rancho, Municipio Valdez Estado Sucre, y LEWIS NICOLA GONZALEZ GONZALEZ, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, Municipio Valdez Estado Sucre, de estado civil casado, de profesión u oficio albañil, titular de la Cédula de .....