este Tribunal Cuarto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la Ciudadana: RICKI JOSE GONZALEZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de estado civil: soltero, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 23.945.973, nacido en fecha en: 24-08-1992, hijo Isaura Fermín y Richard González, de profesión u oficio: Agricultor, domiciliado en: Las Vegas, Sector 12 de Abril, Calle Principal, Casa S/N, detrás de la aldea, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, tlf: 0416-8923703, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el artic.....