que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 482 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, al penado JOSÉ LEONARDO GUTIÉRREZ GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 24.402.662, de 18 años de edad, nacido en fecha 30/01/1995, natural de Cumaná, de estado civil Soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Damelys Josefina Gutiérrez González, y residenciado en Los Molinos, primera calle, casa S/N, al frente del taller Aquiles, Cumaná, Estado Sucre, condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el.....