Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, la fórmula alternativa de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, a los penados JOSE RAIMUNDO CARDENAS RUEDA, YAMIL JOSE SEGURA GONZALEZ Y YOVANNY JOSE MARCANO, el primero de ellos, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 9.233.247, de 37 años de edad, natural de San Cristóbal, residenciado en la Avenida Lucio Kendi, apartamento 5-060, San Cristóbal, Estado Táchira; el segundo de ellos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.288.539, de 29 años de edad, soltero, vigilante, nacido en fecha 27-04-78, natural del Estado Sucre, residenciado en Boca de Sabana, al final de la calle La Isla, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre y el tercero de ellos, venezolano, de 35 a.....