este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de la Imputada Nathaly De Lourdes Brito Boada, venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.806.234, nacida en fecha 18-04-1988, de 29 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de Hermelinda Boada y Pedro Brito, y residenciada en la Calle El Bajo, Casa S/N, detrás del Hotel Victoria, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales del Tipo Penal Básicas, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana María José Arias Boada, en consecuencia, la referida ciudadana deberá presentarse .....