ESTE TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numeral 2 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, Admitida totalmente la acusación fiscal en contra de REINALDO JOSE CORREA MARCHAN, venezolano, natural de cumaná Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº 25.657.603, nacido en fecha 01-12-1991 de 19 años de edad, soltero, residenciado en el Barrio EL Valle, detrás de los Roques, cerca el modulo de los cubanos, casa s/n, de esta Ciudad; y JESUS MANUEL YANEZ LOPEZ, venezolano, natural de cumaná Estado sucre, nacido en fecha 16-10-1987, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.082.478, soltero, residenciado en calle Herrera, N° 130 detrás del comedor popular de esta ciudad de Cumana, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y san.....