Así mismo, SE ACUERDA Oficiar al Comandante General de Policía  al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas a nivel regional y nacional fin de que se haga efectiva esta orden y una  vez aprehendido a los  Ciudadanos: :  VÍCTOR HUGO  OCAMPO GONZÁLEZ, de nacionalidad Colombiana, natural de Calí; de  55 años de edad, de profesión  veterinario, residente en la finca Caicuse  en Río Chico, estado Miranda  domiciliado en calle quinta oeste, N° 51-12, Belisima, Tulúa,  Colombia, hijo de Juan Ocampo y Luisa González y CARLOS HUMBERTO ZULOAGA, venezolano, cedulado 19.681.669, residenciado estado miranda, río chico, quinta Caicuse, carretera nacional numero 6,  deberá ser puesto a disposición de la Fiscalia Octava del Ministerio Público del Estado Sucre. Notifíquese a la Fiscalia  y a la Defensa, Ofíciese las respectivas ordenes de aprehensión a las diferentes cuerpos policiales  a nivel regional y nacional, se acuerda oficiar a la unidad de alguacilazgo a fin .....