REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 3 de Noviembre del 2005.
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008603
ASUNTO : RP01-P-2005-008603
AUTO ACORDANDO MEDIDA DE PROTECCION.
Visto el escrito de solicitud presentado por la Fiscal Superior encargada del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Dra. IVONNE PISTONI SERVELLON en donde le solicita a este Tribunal Medida de Protección a favor de la ciudadana: NANCY SALAYA a fin de garantizar su integridad física y su oportuna participación en el proceso penal, identificada con el número 19-F05-1C-0373-05 nomenclatura de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, iniciada por uno de los delitos Contra Las Personas (Lesiones) donde figura como victima el adolescente Edwin Manuel Guevara Salaya y como imputado el ciudadano: Rolando Mata, en virtud del miedo y temor que siente ante la posibilidad de que el imputado arremeta contra su persona y su familia, ante las agresiones verbales y amenazas de muerte de la cual es objeto por parte del imputado; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el fundamento de dicha solicitud, considera que son objetivos del proceso penal la protección de la victima, tal y como lo establece los Artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo tanto, teniendo los amenazados antes señalados el pleno derecho a ser protegido por los tribunales competentes frente a probables atentados en contra suya y tomando como norte el grado de peligro y temor en que se encuentra la prenombrada ciudadana y su núcleo familiar ante las posibles amenazas y agresiones, es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta Medida de Protección a favor de la ciudadana: NANCY SALAYA quién es Venezolana, de 44 años de edad, de profesión u oficio domestica, residenciada en la Urbanización Barrio Los Molinos, Tercera Calle, hacia el canal, casa s/n, Boca de Sabana, Calle Río Caribe, casa s/n de esta ciudad, Cumaná, del Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-9.979.492 CONSISTENTE EN RECORRIDOS POLICIALES y VISITAS DOMICILIARIAS en el domicilio de la victima por parte de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente los destacados Policial No-11 todo de conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, concatenado con los Artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese Boleta de Notificación a la Fiscal Superior en cargada del Ministerio Público y a la victima: NANCY SALAYA. Líbrese oficio al Comandante General de la Policía del Estado Sucre, participándole de lo aquí decidido a solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público y de la obligación de hacerla ejecutar de conformidad con lo establecido en el Artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, para que sea agregada a la causa No-19-F05-1C-0373-05.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg Sonia Alfaro.
1.805-2.005- Bicentenario del Juramento del Libertador Simón Bolívar en el Monte Sacro.