ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, en causa seguida en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL MUNDARAIN MUNDARAIN, venezolano, natural de Carúpano del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido en fecha 24/01/1994, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Numero V-24.840.400, de oficio sin oficio, hijo de DARCY Josefina Mundarain, y residenciado en: Andrés Bello, Calle Principal, casa S/N° Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas ESTHEFANIA ROJAS Y MARIA DEL VALLE. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran .....