este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de los ciudadanos MIGUEL EDUARDO CARRERA PALAO, de 40 años de edad, soltero, de profesión u oficio Técnico en refrigeración, cédula de identidad N° 11.034.335, natural de Cumaná, nacido en fecha 18/05/1968, residenciado en Sector el pozo, casa sin número, cerca de las aguas termales y el restaurante el almendrón, Municipio Mejías, Estado Sucre; Y FREDDY RAFAEL SALAZAR de 42 años de edad, soltero, de profesión u oficio carpintero, cédula de identidad N° 10.468.785, natural de San Antonio del Golfo, Estado Sucre, residenciado en Sector el pozo, casa sin número, cerca de las aguas termales y el restaurante el almendrón, Municipio Mejías, Estado Sucre. Líbrese la correspondiente boleta de libertad y remítase la misma, adjunto a oficio, a la Comandancia General de Policía, ejecutándose dicha libertad, desde esta m.....