este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la ley, DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano BERNARDO ANTONIO GRANADO CARREÑO, Venezolano, natural de Maiquetía, Estado Vargas, de 23 años de edad, nacido en fecha: 09-06-1989, de profesión u oficio Bombero, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad V- 18.930.139, hijo de: bernardo Granado y Griselda Carreño, residenciado en: Av. Alamo, Edificio San Michel, Piso 1, Apartamento 1, Macuto, Estado Vargas, teléfono 0424-1776329, por encontrarse incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones periódicas cad.....