ESTE TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, CON SEDE EN CUMANA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 6 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación fiscal y CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE ONCE (11) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código penal, al imputado EDGAR JOSÉ VELIZ ORTIZ, venezolano, nacido en fecha 04/09/1991, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.876.296, soltero, hijo Edgar Veliz y Narcisa Ortiz, obrero, domiciliado en Boca de Río, Urbanización Patria Nueva, Terraza 2, Casa Nº 20, Macanao, Estado Nueva Esparta, la Avenida las Palomas, Sector las Quintas, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono de la hermana Ingrid Veliz: 0416-284.13.39; por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTI.....