Este Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; en este estado del proceso y sin perjuicio de que se revise nuevamente la medida preventiva privativa de libertad que pesa sobre el acusado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 y 262 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de garantizar las finalidades del proceso y de evitar que surja alguna causa que impida la celebración en un plazo razonable de los actos procesales pendientes por realizar ACUERDA que se mantenga al acusado EDGAR ALEXANDER SÁNCHEZ RIVAS, venezolano, de 20 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad 20.108.593, hijo de Edgar Rafael Sánchez y Zuleima Rivas, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido el 16/05/1987, de ocupación construcción, domiciliado en Barrio Sucre, casa No. 20, Casanay, cerca del mercado, Estado Sucre; contra quien se sigue proceso penal por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sanci.....