Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio ARMANDO RAFAEL NOYA MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.439.511, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.092, con domicilio en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, con el carácter de Apoderado Judicial de la Empresa PROSEGUROS, S.A., y visto igualmente el cheque de Gerencia N° 41007515, consignado en cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 30 de Junio de 2.009 y vista igualmente la diligencia suscrita por el ciudadano MARTIN LAFFONT, titular de la Cédula de Identidad N° 12.908.245, asistido por el abogado en ejercicio CARLOS JAVIER TINEO MATA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.796, parte demandante en el presente juicio, donde solicita se le haga entrega del referido cheque, la cual fue acordada por este Tribunal en fecha 10 de Diciembre de 2.015, tal como consta al folio99 del presente expediente, es por lo que éste Juzgado de Primera.....