REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 16 de Diciembre del 2.015
205° y 156°
Exp. N° 15.968

DEMANDANTE: BENITO JOSÉ LEÓN QUIJADA, titular de la
Cédula de Identidad N° V-3.946.963.

DOMICILIO PROCESAL: Av. Independencia N° 17, Parroquia Santa Rosa Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

APODERADO (S): JOSE LUIS MEDINA SUCRE, inscrito en el
InpreAbogado bajo el N° 65.360.

DEMANDADO: NUNCIA JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ,
titular de la Cédula de Identidad N° V-4.296.581.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

APODERADO: Abg. PEDRO JOSE CORTEZ, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 77.499.

MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE LA
COMUNIDAD CONCUBINARIA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente y evidenciándose de las mismas que, en fecha 06 de de Noviembre del 2.015, el Juzgado Superior en lo civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dicto Sentencia Definitiva en la cual declaró. PRIMERO: Sin Lugar, la Apelación interpuesta por el Abogado en ejercicio: JOSE LUIS MEDINA SUCRE, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 65.360, Apoderado Judicial de la parte Demandante; SEGUNDO: Inadmisible, la demanda que por PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, intentara el ciudadano: BENITO JOSÉ LEÓN QUIJADA, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.946.963 contra la ciudadana: NUNCIA JOSEFINA GONZALEZ GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.296.581; así mismo declara CONFIRMADA la Sentencia Recurrida, en fecha 09 de Diciembre de 2.015, el Tribunal antes mencionado dejó constancia que no habiendo ejercido recurso alguno las partes intervinientes, ordena remitir el presente expediente a este Tribunal. En consecuencia, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM/Fvc/ajno.
Exp. N° 15.968.-