Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por la ciudadana MARIELA MORAO DE CHANGAROTTI, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.076.297, domiciliada en Guiria de la Playa, Sector Pozo Colorado, Carúpano, del Municipio Bermúdez, Estado Sucre, representada por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de este Circuito Judicial, contra el ciudadano HECTOR JUNIOR CHANGAROTTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.000.681, domiciliado en Avenida 21, casa N° 111-141, Barrio Robinsón Freira Travell, Maracaibo, Estado Zulia de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia c.....