Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a niños, niñas y adolescentes por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos, JESUS ANTONIO CASTILLO CEDEÑO Y NILYAN CAROLINA DEL VALLE QUIJADA PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 20.373.806 y 22.925.247, respectivamente, domiciliados en calle Ayacucho, casa S/N, Cerca de la cancha, El Rincón, Municipio Benítez, Estado Sucre, y sector La Manga, calle Bermúdez, casa S/N, cerca de la Escuela Agustín Padilla, El .....