En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión del Juez Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por el ciudadano: HUGO RAMON MUJICA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V- 10.574.703, y domiciliado en esta ciudad respectivamente, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre HUGO RAMON MUJICA NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V- 10.574.703, domiciliado en el Peñón, Sector La Alcabala S/n de esta ciudad de Cumaná y DAMELIS DEL CARMEN ESPINOZA TOLEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.210.488, do.....