, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: EDGAR ALEXANDER MARTINEZ MARVAL y YOANNE ELENA MARVAL ROQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.952.160 y V-10.949.651, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, domiciliados el primero en la Calle Principal, Casa S/N y la segunda en la Calle Las Flores, Casa /N de la Población de Punta de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta del Estado Sucre, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 18 de fecha 1993, por lo que una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiar lo
conducente a la Prefectura del Municipio Cruz Salmeron Acosta, Araya, Estado Sucre, y al Registro Principal r.....