este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, sala de juicio N° 1 sede Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para decidir el presente asunto; SEGUNDO: SE DECLARA DE OFICIO EL CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA PARA CONOCER DE LA PRESENTE CAUSA, y se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Transito, de Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a los fines de resolver la controversia de competencia suscitada en la misma y TERCERO: SE ORDENA NOTIFICAR al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario, Marítimo y del Transito del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, a objeto de notificarle la decisión del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, OFICIESE Y .....