En consecuencia, este Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1° y 482 último aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal, actualizado el cómputo de pena al penado THAIS DEL VALLE ALCALÁ LÓPEZ, venezolana, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.924.303, nacida en fecha 17-10-1.989, de profesión u oficio Estudiante, hija de Rafael Alcalá y Juana López y domiciliada en el Barrio La Independencia, calle principal, casa Nº. 24, cerca del Hospital, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, quien tiene hasta el día de hoy 17/12/2008, tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO, UN (01) MES Y SEÍS (06) DÍAS DE PRISIÓN, más una redención de fecha de hoy 17-12-2008, de CINCO (05) MESES, Y VEINTICUATRO (24) DÍAS DE PRISIÓN, lo que da un total .....