REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
Carúpano, 17 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004379
ASUNTO: RP11-P-2007-004379



DECISIÓN DE NEGATIVA DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA POR SER EL INFORME PSICOSOCIAL DESFAVORABLE


Visto el oficio N° 946-08 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 5, Carúpano, Estado Sucre, suscrito por el Abg. Daniel Marcano, mediante el cual remite INFORME TÉCNICO, perteneciente al penado DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.291.282 y por cuanto el mismo opta a la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, es por lo que éste tribunal a los fines de decidir, hace el siguiente análisis:
PRIMERO: El penado DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, venezolano, soltero, de 28 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° 14.291.282, nacido en Carúpano, Estado Sucre, en fecha 05-08-1979, de oficio indefinido, hijo de Tomas Domingo González y Cristina González (Fallecida), residenciado en Playa Grande, calle la Marina, La Playa, casa S/N, Carúpano, Estado Sucre, fue CONDENADO a cumplir la pena de DOS (2), AÑOS Y OCHO, (08) MESES DE PRISIÓN, más la accesoria de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal; por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el penúltimo aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 37,16,74 ordinal 4° del Código Penal en relación con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: El penado DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, plenamente identificado, está detenido desde el día 15/12/2007 según consta en Acta Policial cursante al folio 01 de la presente causa, hasta el día de hoy 17/12/2008, por lo que tiene una pena física cumplida de UN (01) AÑO y DOS (02) DÍAS DE PRISIÓN, faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO, SIETE (07) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS DE PRISIÓN, la cual se cumplirá en fecha 15-08-2010.
TERCERO: Cursa a los folios del 143 al 146 de la presente causa, oficio N° 946-08 emanado de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario N° 5, Carúpano, Estado Sucre, suscrito por el Abg. Daniel Marcano, mediante el cual remite INFORME TÉCNICO, perteneciente al penado DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ y revisado el informe Psico-Social, el equipo técnico emite opinión DESFAVORABLE, en virtud de los siguientes elementos SOCIAL, PSICOLÓGICA y donde en el área psicológica se expone: “La Pruebas aplicadas arrojaron los siguientes indicadores: no quiso realizar las pruebas psicológicas, por esta razón no hay indicadores que permitan explicar su conducta.”
En consecuencia y visto que la opinión del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar cualesquiera de los Beneficios y Fórmulas Alternativa al Cumplimiento de Pena a que diere lugar; este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, fundamentándose en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA el otorgamiento de la Suspensión condicional de la Ejecución de la Pena, al penado DOMINGO ALBERTO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, ya que el penado no reúne los requisitos necesarios para optar al mismo, todo con fundamento a lo previsto en el numeral 1° del artículo 479 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal.
A los fines de imponer al penado de la presente decisión se acuerda fijar el día 18-12-2008 a las 9:40 de la mañana, en el Circuito Judicial de ésta ciudad de Carúpano. Librese Boleta de Traslado al Director del Internado de ésta ciudad. Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Cúmplase.
LA JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN

ABG. LOURDES SALAZAR
LA SECRETARIA,

ABG. BERKIS IBARRETO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. BERKIS IBARRETO