Por los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la REVOCATORIA del beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, que le fuera otorgado al penado Larry Antonio López González, venezolano, mayor de edad, natural de San Félix, Estado Bolívar, titular de la cédula de identidad Nº 21.498.004, soltero, profesión u oficio obrero de la Empresa Sidor, hijo de Luís López y Carmen Rosa González, y residenciado en el Barrio 25 de Marzo, en la Invasión, Casa Nº 22, Manzana 27, como a dos cuadra de la parada de la Ceiba, San Félix, Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Régimen Penitenciario, en virtud de no haber cumplido el prenombrado penado con las obligaciones impuestas po.....