Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: RUPERTO ANTONIO BRITO CAMPOS, venezolano, natural Caracas, Distrito Capital, de 38 años de edad, nacido el 02-08-8721-09-1975, de estado civil soltero, hijo de Olga Campos y Rubén Dario Brito, profesión u oficio: Pintor - Decorador, Cédula de Identidad Nº V- 11.969.955, residenciado en: Canchunchu Viejo, Calle Bello Monte, casa S/N, al final del Puente, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por los delitos de VIOLENCIA FÍSICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA , previstos y sancionados en el artículo 42 y 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de YELAYZA FRANCIS FLORES PINO, de.....