este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados DANNYS DEL VALLE VILLALBA CHARLES, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 17-09-89, soltero, titular de la cédula de identidad (indocumentado), de oficio Agricultor, hijo de Santico Villalba y Ana Natalia Charles y residenciado en: en el Sector El Hoyo, Calle Principal, Casa S/N, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y PEDRO JOSE URBANEJA MATA, venezolano, de 28 años de edad, nacido en fecha 05-05-84, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 17.317.593, de oficio Agricultor, hijo de Pedro José Urbaneja y Dolores Maria Mata y residenciado en: en el Sector Sabana de Pio, Vía Nacional, Casa S/N, p.....