DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Se confirma las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el órgano receptor al imputado, consistentes en las establecidas en el artículo 87, ordinal 1°, 6° y 13° de conformidad con el artículo 91ordinal 1° de la ley que rige la materia. ACUERDA: Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, de conformidad con lo el ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano CARLOS GREGORIO ESTRADA TOLEDO: quien es venezolano, de 44 años de edad, estado civil: casado, nacido en fecha 15-03-65, Titular de la cédula de identidad numero: V- 5.875.479, hijo de Carlos Estada y Luisa Toledo y residenciado en: calle España, Casa N° 44, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y AMENAZAS, previstos y sancionados en los artícu.....