Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ORDENA el inicio del PROCEDIMIENTO DE DEPORTACIÓN de los ciudadanos GRACIELA ARÉVALO RODRÍGUEZ, de nacionalidad Colombiana, de 50 años de edad, de estado civil Casada, de profesión u oficio: Comerciante, portadora de la cédula de identidad Nº E-37.313.358, residenciada: Sector N° 02, Calle Nº 10 de Guayacán de las Flores, en Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en la carrera 24, calle Nº 17, casa Nº 2637, San Francisco Bucaramanga, Colombia, Hija de: Maria Trinidad Rodríguez Y Alberto Arevalo; NORA ESTER ARÉVALO RODRIGUEZ, de nacionalidad Colombiana, de 48 años de edad, de estado civil Viuda, de profesión u oficio Comerciante, portador de la cédula de identidad Nº E-37.317.510, residenciado Sector Nº 02, Calle Nº 10 de Guayacán de las Flores, e.....