En virtud de lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, realiza actualización de computo de la sanción de privación de libertad que cumplen los sancionados XXXXX, XXXX Y XXXX, por estar incursos en la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, AGAVILLAMIENTO, AMENAZAS y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGOS, previstos en los artículos 458, 174, 286,175 en su ultimo aparte, 277 del Código Penal respectivamente en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley sobre armas y explosivos, en perjuicio de XXXXXXXXXX y el ESTADO VENEZOLANO y se determino que han cumplido NUEVE (09) MESES Y QUINCE (15) DIAS, faltándole por cumplir dos (02) años seis (06) meses y quince (15) días que vencerán el 20-10-2015 . Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 .....